TESTIMONIO: VISTO: La ordenanza Nº 32/95, y CONSIDERANDO: Que es necesario adecuar la misma a las disposiciones generales de Remises. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 180/96 -------------------------------- ARTICULO 1.- Derógase el Artículo 3º de la Ordenanza 32/95.------- ------------ ARTICULO 2.- Quede el Artículo 3º de la Ordenanza 32/95 con el ------------ siguiente texto: "ARTICULO 3.- El Honorable Concejo Deliberante reglamentará, en ------------- una futura ordenanza, el procedimiento a seguir para obtención de licencias en caso que se produzcan vacantes en las actualmente vigentes. Hasta tanto esto se produzca se congelan las vacantes que resulten".-------------------------------------------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y seis. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----------